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Tratados internacionales

  1. ACNUR, Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 28 de septiembre de 1954, 360 U.N.T.S. 117.
  2. ACNUR, Convención para Reducir los Casos de Apatridia, de 30 de agosto de 1961, 989 U.N.T.S. 175.

Soft law

  1. ACNUR, “Manual de procedimientos y criterios para determinar la condición de refugiado en virtud de la Convención de 1951 y el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados”, HCR/IP/4/Rev.1, 1979, párr. 101–105.
  2. ‘Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados’, Res. AGNU A/RES/61/137, 25 de enero de 2007.
  3. ACNUR ExCom, “Conclusión sobre la identificación, prevención y reducción de la apatridia y la protección de los apátridas”, Conclusión Nº 106 (LVII), 2006.
  4. ACNUR, “Directrices sobre la Apatrida Nº 1: la definición de “Apátrida” en el art. 1 (1) de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954”, HCR/GS/12/01, 20 febrero 2012
  5. ACNUR, “Directrices sobre la Apatrida Nº 2: Procedimientos para determinar si un individuo es una persona apátrida”, HCR/GS/12/025 abril 2012, paras. 26-30
  6. ACNUR, “Directrices sobre la Apatrida Nº 3: La condición de las personas apátridas a nivel nacional”, HCR/GS/12/03, 17 julio 2012, paras. 6-9

 Bibliografía básica

  1. V. Türk, “El Estatuto de Apátrida, 60 años después”, Revista Migraciones Forzadas, 46, (junio 2014), págs. 46-48
  2. F. Lozano Contreras, “La condición jurídica de los apátridas desde la perspectiva de la práctica internacional y española”, en J. Ferrer Lloret y S. Sanz Caballero (eds), Protección de Personas y Grupos Vulnerables. Especial referencia al Derecho Internacional y Europeo, Tirant Lo Blanc, 2008, págs.: 361-380.