Temas de discusión

¿Están los Estados legitimados a usar sanciones para disuadir y penalizar a los solicitantes de asilo y refugiados por ingreso o presencia irregular?

¿Frente a cuáles delitos penales o administrativos brinda inmunidad el artículo 31 de la Convenciónde 1951?

¿Está permitida la detención de solicitantes de asilo y refugiados en este contexto? (Véase. II.2.7 sobre detención)

Cuestiones esenciales

Requisitos para la aplicación del Artículo 31: “llegando directamente” del territorio donde su vida o libertad estuviera amenazada, “a condición de que se presenten sin demora”, y “aleguen causa justificada”

Restricciones sobre la libertad de movimiento de solicitantes de asilo y refugiados

Tratados internacionales

Convención sobre el Estatuto de losRefugiado, de 28 de julio de 1951, 189 U.N.T.S. 150.

Documentos de ACNUR

Excom, Conclusión nº 22 (XXXII) (Protección de las personas que buscan asilo en situación de afluencia a gran escala) (1981), para. II (B) (1).

ACNUR, Resumen de las Conclusiones: el artículo 31 de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, Mesa Redonda de Expertos. Ginebra, noviembre de 2001”, en E. Feller, V. Türk, and F. Nicholson (eds), Protección de los Refugiados en el Derecho Internacional. Consultas Globales de ACNUR sobre Protección Internacional, (Barcelona, Icaria editorial, 2010), págs.:279-284.

ACNUR, “Directrices sobre detención. Directrices sobre los criterios y estándares aplicables a la detención de solicitantes de asilo y las alternativas a la detención”, 2012

Bibliografía básica

Guy S. Goodwin-Gill, “El artículo 31 de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados: la no sanción, la detención y la protección”, en E. Feller, V. Türk, and F. Nicholson (eds), Protección de los Refugiados en el Derecho Internacional. ConsultasGlobales de ACNUR sobre Protección Internacional, (Barcelona, Icaria editorial, 2010), págs.: 205-278.

 II.1.8. No penalización a las personas refugiadas por entrada o estancia ilegalII.1.8. No penalización a las personas refugiadas por entrada o estancia ilegal

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