Temas de discusión

  • El principio de non-refoulement, ¿se aplica en situaciones de éxodo masivo?
  • ¿Se aplica en las zonas internacionales?
  • ¿Se ha convertido en un principio de jus cogens?
  • ¿En qué casos las personas no merecen la protección otorgada por la obligación de non-refoulement?

Cuestiones esenciales

  • Non-refoulement y distintas formas de asilo
  • Non-refoulement en el marco de la Convención de Ginebra versusnon-refoulement en el marco de instrumentos de derechos humanos
  • Carácter absoluto del non-refoulement
  • Acceso a la protección

Tratados internacionales

  1. Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 10 de diciembre de 1984, 1465 U.N.T.S. 85, art. 3.
  2.  Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 28 de julio de 1951, 189 U.N.T.S. 150.
  3.  Protocolo sobre el Estatuto de losRefugiados, de 4 de octubre de 1967, 606 U.N.T.S. 267.

Soft law

  1. ACNUR, ExCom, ‘No devolución’, Conclusión Nº 6 (XXVIII), 1977.

Conclusions adopted by the executive committee on the international protection of refugees (UNHCR), 1975-2009 (Conclusion No. 1-109)

  1. Conclusión Nº 19 (XXXI), Temporary Refuge, 1980
  2. Conclusión Nº 25 (XXXIII), General Conclusion on International Protection, 1982
  3. Conclusión Nº 44 (XXXVI), Detention of refugees and asylum-seekers, 1986
  4. Conclusión Nº 50 (XXXIX), General Conclusion on International Protection, 1988
  5. Conclusión Nº 79 (XLVII), General Conclusion on International Protection, 1996
  6. Conclusión Nº 81 (XLVII), General Conclusion on International Protection, 1997
  7. Conclusión Nº 82 (XLVIII), Safeguarding Asylum, 1997
  8. Conclusión Nº 85 (XLIX), Conclusion on International Protection, 1998
  9. Conclusión Nº 103 (LVI), Conclusión sobre la disposición sobre protección internacional, en particular mediante formas complementarias de protección, 2005

Documentos de ACNUR

  1. ACNUR, “Nota sobre protección internacional”, Doc. ONU A/AC.96/830, de 7 de septiembre de 1994, párr. 14–15 y 30–41.

Bibliografía básica

  1. E. Lauterpacht and D. Bethlehem, “El alcance y contenido del principio de no devolución”, en E. Feller, V. Türk, and F. Nicholson (eds), 'Protección de los Refugiados en el Derecho Internacional - Consultas Globales de ACNUR sobre Protección Internacional', (Barcelona, Icaria editorial, 2010), págs.:97-197
  2. D. López Garrido, “El derecho de asilo”, (Madrid: ed. Trotta, 1991), págs. 48–51.
  3. C. Gortázar Rotaeche, “Derecho de asilo y “no rechazo” al refugiado”, (Madrid: Universidad Pontificia de Comillas, Dykinson, 1997), págs. 287–367.
  4. C. Pérez González, “Migraciones irregulares y Derecho Internacional. Gestión de los flujos migratorios, devolución de extranjeros en situación administrativa irregular y Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, (Valencia, Tirant Lo blanch, 2012), págs: 102-114.

Bibliografía complementaria

  1. F. Mariño Menéndez, “El concepto de refugiado en un contexto de derecho internacional general”, (Madrid: REDI, vol. 35, 1983), págs. 363–367.
  2. L. Peral Fernández, “Límites jurídicos al discurso político sobre el control de flujos migratorios: non-refoulement, protección a la región de origen y cierre de fronteras europeas”, (Revista Electrónica de Estudios Internacionales, Nº 11, 2006), págs. 5–8.
  3. J. Juste Ruíz, “Inmigración, nacionalidad y extranjería: el marco jurídico internacional”, en Estudios sobre Derecho de Extranjería, Instituto de Derecho Público Universidad Rey Juan Carlos, (Madrid: IDP, 2005), págs. 304–306.
  4. C.J. Gortázar Rotaeche,“La dimensión exterior del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia. El SECA y la externalización del control de fronteras en la UE: el peculiar problema de los espacios marinos”, en J. Martín y Pérez de Nanclares (ed), La dimensión exterior del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia de la Unión Europea, (Madrid: Iustel, 2012), págs. 217-234.
  5. L. Peral Fernández, “Situaciones de desplazamiento masivo”, en R. K. Polo y V. Carmona (coords.), Guía sobre el derecho de asilo, (Madrid:Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, 2003, págs. 92–103.