Nota de los editoers

La UE está compuesta por 28 Estados Miembros. Fue establecida a través de tres tratados firmados por seis países Europeos en  la década de los años 50, el más importante en estos años fue el tratado de la Comunidad Económica Europea de 1957. Los instrumentos inciiales fueron elaborados y actualizdaos por sucesivos tratados durante la siguiente década, con el Tratado de la Unión Europea y el Tratado para el Funcionamiento de la Unión Europea, los cuales definen al marco normativo actual. El objetivo original del tratado de la Comunidad Económica Europea era alcanzar la integración económica en la región. Tres transformaciones fundamentales han tenido lugar subsecuentemente, las cuales han impactado de manera significativa los temas de asilo. Esto ha tenido lugar, primero por la continua ampliación del grupo de Estados participantes, en la actualidad 28; en segundo lugar, a través de la consolidación del Derecho de la UE en esta materia, el cual prevalece sobre el derecho interno de cada Estado; y en tercer lugar, por la ampliación de las responsabilidades de la Unión con la adición de los temas de justicia y asuntos internos, incluyendo asilo y migración, como un tema de competencia de la Unión o Comunidad, en 1999. Desde esta fecha la UE ha sido un actor clave en la determinación del derecho de protección internacional de los Estados Miembros. La estructura de la UE incorpora varias instituciones claves incluyendo el Parlamento Europeo, el Consejo de Europa y el Tribunal de Justicia de la UE, así como agencias independientes cuyo trabajo es relevante para los temas de asilo, tales como la Oficina Europea de Apoyo al Asilo, la Agencia de los Derechos Fundamentales, y la Agencia Europea para la Gestión de cooperación operativa y de Fronteras Externas de los Estados Miembros de la UE (Frontex).

Además, el derecho de asilo de la UE y su práctica tiene el gran potencial de influir significativamente los desarrollos del sistema de protección internacional de manera más amplia. Esto debido a que muchos países miran a la UE como la región para el establecimiento de estándares legales y normativos. Sin embargo, en tanto la práctica de los Estados es una fuente de derecho internacional, las prácticas armonizadas (siempre y cuanco sean alcanzadas) por los Estados Miembros serán muy importantes para contribuir a la evoluación del derecho internacional de los refugiados en el mundo.